LEGISLACIÓN DE REDUCCIÓN DE BOLSAS

01 de Julio de 2018

Obligación de cobro de todas las bolsas excepto:

BOLSAS DE DISTRIBUCIÓN GRATUITA:

  • Bolsa secciones inferiores a 15 micras cuando sean necesarias por razones de
    higiene o como envase primario en contacto con alimentos a granel.
  • Bolsas de plástico superiores a 50 micras con 70% de material reciclado.
    (Certificado de % reciclado).

01 de Enero de 2020

Prohibición de puesta en el mercado de:

  • Bolsas de plástico de polietileno superior a 50 micras con un contenido de reciclado inferior al 50%.
  • Bolsas de plástico Oxo-fragmentable.

01 de Enero de 2021

Prohibición de puesta en el mercado de bolsas de plástico inferior a 50 micras.

BOLSAS OBLIGATORIAS DE COBRO:

Prohibición de puesta en el mercado de bolsas de plástico inferior a 50 micras.

  • Bolsas de plástico de polietileno superior a 50 micras con un contenido en reciclado entre 50-70%.
  • Bolsas de plástico biodegradables (Certificadas UNE13432:2000).

BOLSAS DE DISTRIBUCIÓN GRATUITA:

  • Bolsas de plástico BIODEGRADABLE(*) inferiores a 15 micras cuando sean por
    razones de higiene o como envase primario en contacto con alimentos a granel.
  • Bolsas de plástico de polietileno superior a 50 micras y contenido superior al
    70% reciclado